Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ( C.U.C.I.C.B.A.)

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19.01.15

Obligaciones de los Matriculados

Actualización de datos:
Personales, comerciales y domicilio legal

No deje de actualizar su domicilio legal constituido ante este Colegio, así como su domicilio comercial. Se encuentra plenamente en vigencia el art. 10 inc. 4º de la ley 2340, en cuanto impone a los matriculados la vigencia y aviso de todo cambio de domicilio en el término de 5 días. Recuerde que el domicilio legal tendrá validez para toda comunicación que se le curse, configurándose así su "debida notificación" de los diferentes traslados o emplazamientos que este Colegio pudiera realizarle.

Competencia desleal:
Exoneración o mejora de honorarios profesionales

Les recordamos que está vigente la Resolución N° 6 del CUCICBA, defecha 18 de enero de 2010 (BOCABA Nº 3430 del 31/05/2010), que complementando lo dispuesto en la ley 2340 (art. 13, inc. 5) y el Código de Ética Profesional (arts. 15, 20 y 24) establece como falta grave la competencia desleal practicada a través de toda oferta pública y genérica que proponga la exoneración o mejora de honorarios profesionales.

Aranceles
Se recuerda que se mantiene vigente el art. 57 de la ley 2340, al respecto de los honorarios por locaciones de vivienda única. Para informarse sobre el resto de la escala arancelaria dispuesta en la Resolución CUCICBA Nº 300 (BOCABA Nº 3890 del 12/04/2012), acceda aquí.